El recargo de prestaciones es un aumento del 30% al 50% en las prestaciones económicas que recibe un trabajador después de un accidente laboral o una enfermedad profesional , cuando se demuestra que la empresa no ha cumplido las normas de prevención de riesgos laborales .
Este recargo se concede con el objetivo de penalizar a las empresas que han sido negligentes en la protección de sus trabajadores y garantizar una compensación adicional a la persona afectada.
Si has tenido un accidente laboral o padeces una enfermedad profesional, consulta Just Advocats para saber si puedes reclamar este recargo. Estudiamos tu caso gratuitamente.
Requisitos para reclamar el recargo de prestaciones
Para poder reclamar este recargo, es necesario que se cumplan las siguientes condiciones:
✔️ El accidente laboral o la enfermedad profesional debe deberse a una falta de medidas de seguridad o negligencia por parte de la empresa.
✔️ El accidente debe comportar una prestación de la Seguridad Social (como una incapacidad temporal o permanente).
✔️ Se debe demostrar que la empresa ha incumplido sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales .
💡 No es necesario demostrar intencionalidad , sólo que la falta de seguridad ha sido determinante en el accidente o la enfermedad.
¿Cómo se calcula el recargo de prestaciones?
El importe del recargo se aplicará sobre la cantidad de la prestación que debería recibir el trabajador .
🔹 Ejemplo de cálculo:
- Un trabajador tiene derecho a una pensión por incapacidad permanente de 1.200 € al mes .
- Si se aplica un recargo del 40% , la pensión se incrementaría en 480 € más al mes .
- En total, cobraría 1.680 € mensuales .
🔹 Factores que influyen en el porcentaje del recargo:
- La gravedad de la negligencia de la empresa.
- El grado de afectación del trabajador.
- El informe de Inspección de Trabajo.
En Just Advocats calculamos por ti el importe exacto del recargo que puedes reclamar.
¿Quién paga el recargo de prestaciones?
Este recargo no lo paga la Seguridad Social , sino directamente la empresa . Es una sanción económica que obliga a la empresa a asumir este coste adicional a consecuencia de su negligencia.
¿Hasta cuándo se cobra el recargo de prestaciones?
El recargo será vitalicio , en caso de pensiones de incapacidad, manteniéndose mientras el trabajador siga percibiendo su prestación. Esto significa que no desaparece con el tiempo y se sigue cobrando hasta la jubilación o la finalización de la prestación.
🔹 Ejemplos:
- Si un trabajador cobra una incapacidad permanente absoluta, el recargo le acompañará hasta que se jubile .
- En el caso de una incapacidad temporal , se cobrará mientras dure la baja.
¿Cómo solicitar el recargo de prestaciones?
Para reclamar el recargo de prestaciones, es necesario seguir estos pasos:
1️⃣ Denunciar la situación en Inspección de Trabajo , aportando pruebas de la falta de medidas de seguridad.
2️⃣ Solicitar el recargo a la Seguridad Social , que será quien decidirá si se aplica.
3️⃣ Presentar una demanda judicial , si la empresa recurre contra la resolución.
📌 Plazos: Se recomienda iniciar la reclamación lo antes posible , ya que la falta de documentación puede dificultar el proceso.
📌 Documentación necesaria:
- Informe de accidente laboral o informe médico.
- Informe de Inspección de Trabajo.
- Acreditación de las condiciones de seguridad incompletas.
En Just Advocats , nos encargamos de todo el proceso para que puedas obtener el recargo que te corresponde. Consulta gratuita y sin compromiso.
Casos reales de recargo de prestaciones
📝 Caso 1: Operario industrial sin equipo de protección
- Un trabajador de fábrica sufrió un accidente grave por carencia de casco y guantes de seguridad.
- La Inspección de Trabajo determinó que la empresa no había cumplido con la normativa.
- Se concedió un recargo del 40% en su pensión de incapacidad.
📝 Caso 2: Caída de un electricista por falta de medidas de seguridad
- Un electricista cayó de una escalera por no disponer de arnés de seguridad.
- Obtuvo una incapacidad total y un recargo del 50% sobre su pensión.
Dudas frecuentes sobre el recargo de prestaciones
¿Cuándo se puede empezar a cobrar el recargo?
El recargo se aplicará desde el momento en que se reconozca la prestación por incapacidad o baja médica.
¿Se puede recorrer un recargo de prestaciones?
Sí. Las empresas pueden recurrir la decisión, pero con el apoyo jurídico adecuado, la mayoría de los trabajadores consiguen mantener el recargo.
¿Se puede aplicar en casos de accidente in itinere?
Sí, si se demuestra que el accidente se produjo por responsabilidad de la empresa, como por ejemplo por no proporcionar transporte adecuado.
¿Qué ocurre si la empresa no paga el recargo?
Si la empresa no paga, podrá exigirse por vía judicial e incluso ejecutar embargos.